Felipe Contreras Reyes Sin responsables quedó el deceso del expresidente Eduardo Frei Montalva. Así determinaron hoy los jueces de la
Felipe Contreras Reyes
Sin responsables quedó el deceso del expresidente Eduardo Frei Montalva. Así determinaron hoy los jueces de la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, quienes atribuyeron a “complicaciones médicas” la muerte ocurrida el 22 de enero de 1982 en la Clínica Santa María. El nuevo fallo desestimó la hipótesis de homicidio acreditada en primera instancia por tribunales, además de revocar condenas contra los seis presuntos responsables.
“La prueba reunida durante la tramitación del proceso, valorada en conformidad a la ley, no ha logrado demostrar que el fallecimiento del expresidente de la República Eduardo Frei Montalva sea imputable a alguna acción dolosa o culposa de uno o más terceros, como tampoco a alguna omisión atribuible a quienes en su condición de médicos”, indica el documento publicado por el Poder Judicial.
La nueva sentencia absuelve Patricio Silva Garín, ya fallecido, médico que había sido condenado a diez años de cárcel en calidad de autor de homicidio simple. También resultaron favorecidos el exconductor de Frei Montalva, Luis Becerra; y el agente de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Raúl Lillo Gómez. Ambos habían recibido siete años de presidio en calidad de coautores del delito.
También fue beneficiado el médico Pedro Valdivia Soto, quien debía pasar cinco años encarcelado como “cómplice” en el marco de sus labores como encargado de pacientes del posoperatorio de la clínica. Finalmente, también fueron revocadas las medidas en contra de los difuntos Helmar Rosenberg y Sergio González, especialistas en anatomía acusados como encubridores.
El medio Emol afirmó que la familia del expresidente criticó el fallo y anunció sus intenciones de recurrir a instancias superiores para anularlo. En palabras del nieto de Frei Montalva, Eugenio Ortega, «atendidos los vicios expresados en esta decisión de segunda instancia, recurriremos de casación en contra de dicho fallo, para que la Excelentísima Corte Suprema resuelva de manera definitiva el caso y en consonancia al mérito de los antecedentes que han sido reunidos”.
Imagen: Memoria Chilena
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