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Autoridades llaman a respetar feriados irrenunciables de Navidad y Año Nuevo: Multas superan el millón de pesos

La Seremi del Trabajo, Camila Cortés Ruiz, advirtió que el comercio debe cerrar sus puertas a las 20:00 horas los días 24 y 31 de diciembre.

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Foto: Antofagasta al Día.

Ante la proximidad de las festividades de fin de año, la Seremi del Trabajo y Previsión Social de Antofagasta, Camila Cortés, hizo un llamado oficial a los empleadores para dar estricto cumplimiento a la normativa que establece los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero.

Según informó la autoridad, el descanso para los trabajadores del sector comercio debe comenzar, a más tardar, a las 20:00 horas de los días 24 y 31 de diciembre, periodo de inactividad que se extiende hasta las 06:00 horas de los días 26 de diciembre y 2 de enero, respectivamente.

La autoridad regional fue enfática en señalar que el incumplimiento de estos horarios conlleva a graves consecuencias económicas para las empresas, con multas que fluctúan entre las 5 UTM ($347.710) y las 20 UTM ($1.390.840) por cada trabajador afectado por la infracción.

«Hacemos un llamado a los empleadores a cumplir la normativa y a la ciudadanía a realizar sus compras con la debida antelación y así respetar el descanso de las y los trabajadores para que puedan disfrutar de estas fechas junto a sus familias», recalcó la seremi Camila Cortés.

En caso de que la Dirección del Trabajo detecte personal cumpliendo turnos fuera de los márgenes legales, los trabajadores deberán cesar sus labores de inmediato y abandonar el recinto, sumado a la respectiva multa para el empleador.

Esta normativa vigente exceptúa del feriado irrenunciable a establecimientos atendidos por sus propios dueños, así como a sectores de entretenimiento y servicios esenciales, tales como restaurantes, cines, discotecas, pubs, casinos de juegos, lugares de expendió de combustibles y sus tiendas de conveniencia (que elaboran alimentos en el lugar), farmacias de turno o urgencia.

Para estos casos, la autoridad recordó la vigencia de la norma de descanso alternado –beneficio que garantiza este derecho al menos una vez cada dos años-.«Si un trabajador laboró el 25 de diciembre del 2024 y/o 1 de enero de 2025, y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez deberá descansar», explicó.

Finalmente, el Ministerio del Trabajo dispuso de canales de denuncia en el sitio web de la Dirección del Trabajo y el teléfono 600 450 4000 para reportar irregularidades durante los días de festividad.

 

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