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Salud: Prohíben funcionamiento de caldera en planta de Embotelladora Andina por deficiencias de seguridad

La Seremi de Salud inició un sumario sanitario y ordenó la suspensión inmediata del uso del equipo tras detectar múltiples incumplimientos que representan un riesgo para los trabajadores durante una fiscalización extraordinaria.

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Foto: Seremi de Salud Antofagasta

La Seremi de Salud de Antofagasta prohibió el funcionamiento de la caldera a vapor de la planta de Embotelladora Andina S.A., ubicada en avenida Pedro Aguirre Cerda, luego de constatar una serie de deficiencias que comprometen la seguridad de los trabajadores. La medida fue adoptada junto con el inicio de un sumario sanitario, tras una inspección extraordinaria realizada por la Unidad de Salud Ocupacional a raíz de denuncias ciudadanas ingresadas a la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS).

El seremi de Salud, Rodrigo Medina, explicó que durante la fiscalización se revisaron las condiciones de operación de la caldera, el sistema de agua, la sala de compresores de amoniaco y las instalaciones eléctricas asociadas, detectándose diversas irregularidades, Entre ellas, la ausencia de operadores con certificación vigente y capacitación específica, fallas en los sistemas de seguridad y control, fugas y corrosión en tuberías y válvulas, además de filtraciones activas en las líneas de agua.

La autoridad agregó que se identificaron problemas de mantenimiento estructural en el área donde opera la caldera, riesgos eléctricos en la sala de compresores debido a tableros en contacto con agua acumulada y la falta de autorización sanitaria para el almacenamiento de un estanque de amoniaco de 2 mil litros, el cual además carece de un sistema de contención para eventuales derrames.

Producto de estas observaciones, la Seremi de Salud instruyó un sumario sanitario, cuyas sanciones pueden ir desde un décimo hasta mil UTM. Asimismo, la prohibición de funcionamiento de la caldera permanecerá vigente hasta que la empresa acredite la corrección de todas las deficiencias consignadas en el acta de fiscalización.

 

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